Quizás hay dinero esperándote y tú no sabes

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¿Anda escaso de plata? ¿La devolución de impuestos le quedó corta? Ojo a esta información que quizás le pueda interesar… porque puede ser caído del cielo.

La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (Sbif) publicó este miércoles el registro de las acreencias bancarias que están afectas a caducidad en 2014, las que ascienden a 43.754  en veinte instituciones de la banca y superan ni más ni menos que los $28 mil millones.

Durante el mes de marzo de cada año, dichas entidades informan que hay una gran cantidad de dinero que nadie ha reclamado, los que técnicamente se llaman «Acreencias bancarias sujetas a caducidad».Se trata de montos de dinero emitidos como cheques, vale vistas, depósitos a plazo o boletas de garantía u otro instrumento, que en algún momento fueron depositadas a nombre de una persona en una entidad bancaria y que simplemente nunca fue a cobrar.

Para saber si hay dinero esperándote a que la vayas a buscar solo tienes que ingresar awww.clientebancario.cl y teclear tu nombre y el sistema arrojará la información de cuánto es el monto de plata y en qué banco está depositada.

Pero ¿cómo cobro esta plata? Si la acreencia es, por ejemplo, un vale vista que está nominativo, basta que el titular vaya al banco que informó la acreencia y con su cédula de identidad cobre los fondos por ventanilla.

En tanto, si la acreencia no está en su poder, deberá seguir un proceso en tribunales para recuperar el título y hacer exigible el dinero. En dichos casos sí puede ser necesario asesorarse por un abogado. Cabe destacar eso sí que solo para algunas acreencias se requiere asistencia jurídica.

Pero ¿cuánto plazo tengo para cobrar estos dineros? Las personas tienen hasta tres años para ir a buscar la plata a la institución financiera respectiva. Si así no ocurre, esos recursos pasan directamente a manos de Fisco.

En el caso de que el dueño de esas acreencias esté muerto, el proceso funciona como con cualquier otra herencia, aunque cada banco tiene información sobre el trámite específico. Si en los datos aparece la palabra «sucesión» seguida del nombre del beneficiario significa que el dinero corresponde a los herederos del titular.

Sin embargo, es importante considerar que hay ciertos fondos que no tienen fecha de caducidad (es decir, siempre siguen a nombre de sus dueños y no pasan al Estado), aunque cumplan la condición de estar inmovilizados por dos años. Ellos son: depósitos y captaciones a plazo indefinido o con cláusula de renovación automática, incluidas las cuentas de ahorro; las boletas o depósitos de garantía, salvo cuando se les haya fijado una fecha de vencimiento, caso en el cual el plazo de caducidad regirá a partir de esa fecha; las sumas recibidas por cheques viajeros; y, los casos en que haya retención, prenda o embargo sobre los dineros correspondientes.

Vía Diario Pyme

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