Bono de Reconocimiento: ¿Cómo se solicita este beneficio?

El Bono de Reconocimiento es un beneficio monetario que entrega el Estado a los trabajadores que se cambiaron del antiguo sistema de pensiones al vigente sistema de AFP.

Al beneficio, pueden acceder todos los imponentes de cualquiera de las ex Cajas de Previsión del régimen previsional antiguo (de reparto) que cumplan con los requisitos.

Este aporte monetario se agrega a la Cuenta de Capitalización Individual de la persona cuando se pensione por vejez o invalidez, o cuando fallezca.

¿Cuáles son los requisitos para recibir el bono?

Los pensionados de las ex Cajas de Previsión, pueden recibir el Bono de Reconocimiento siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

En detalle, el beneficio está dirigido a todos quienes tuvieron su última imposición en alguna de las siguientes cajas:

Desahucio

Indemnización

¿Cómo se solicita el beneficio?

Las personas que cumplan con los requisitos pueden solicitar el Bono de Reconocimiento en la AFP a la cual se encuentren afiliados actualmente.

Allí, deberán llenar la Solicitud de Cálculo y Emisión del Bono de Reconocimiento y el Detalle de Empleadores, cuando corresponda.

Estos formularios deben indicar en forma clara los datos de identificación de la persona, la fecha de afiliación, las cajas de previsión a las cuales perteneció, los empleadores que tuvo y los períodos trabajados.

¿Qué monto recibiré?

El monto a recibir por el Bono de Reconocimiento se calcula de acuerdo a los períodos de cotizaciones que la persona registre en el antiguo régimen previsional.

El valor del bono se reajusta anualmente, de acuerdo al IPC, y obtiene un interés del 4% anual, que se capitaliza cada año desde la fecha en que ingresó al sistema previsional de AFP.

Cabe destacar que, en este cálculo, no se consideran los periodos en que el trabajador estuvo acogido a Subsidio de Cesantía, por cuanto no existen cotizaciones. Por el contrario, sí se consideran para efectos de Garantía Estatal con un tope de tres años.

Vía meganoticias.cl

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