¿Cuáles son los requisitos actuales para cobrar el Seguro de Cesantía y por qué no se puede hacer un retiro total?

La aprobación a la flexibilización de una ley sobre extracción de los fondos era lo que permitía el cobro total del dinero ahorrado en las cuentas individuales de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). Una situación que actualmente varió y cuyos cambios detallamos a continuación.

El 6 de octubre fue el último día de plazo para que los afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) pudiesen retirar la totalidad de sus saldos ahorrados en cuentas individuales. Lo anterior, debido al término del Estado de Excepción que rigió en Chile durante casi 18 de meses.

El retiro total del dinero surgió luego de la aprobación a la flexibilización de una ley que permite la extracción de los fondos. Para concretar la transacción, los solicitantes solo debían estar cesantes, haber cotizado alguna vez en la AFC y estar afiliados al Seguro de Cesantía, tener saldo en sus cuentas y no cumplir con los requisitos para acceder al seguro mencionado.

Sin embargo, la situación a contar de este jueves 7 de octubre cambió. Actualmente volvió a regir la normativa original contemplada en la Ley 19.728, por lo que las condiciones para acceder al Seguro de Cesantía con cargo a la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) o al Fondo de Cesantía Solidario (FCS), han variado.

¿Cuáles son los requisitos vigentes?

Según lo especificado por la AFC mediante su sitio web, los requisitos para obtener el Seguro de Cesantía son los siguientes:

Cuenta Individual de Cesantía (CIC)

Fondo de Cesantía Solidario (FCS)

¿Cómo se cobra el Seguro de Cesantía?

El trámite para obtener este dinero se puede realizar mediante la Sucursal Virtual o los locales presenciales. En el primer caso, es necesario acceder al sitio web www.afc.cl e ingresar mediante el RUT y clave de acceso personal, o con el RUT y la Clave Única.

Por su parte, los trabajadores extranjeros que aún no cuentan con cédula de identidad, pueden ingresar a la plataforma con su Número Identificatorio para Cotizar (NIC).

Una vez ingresados al sistema, éste mostrará el saldo disponible e informará si es que cumple con los requisitos para el cobro del Seguro de Cesantía.

La aceptación o el rechazo de la solicitud se informará mediante un correo electrónico que haya sido registrado en el formulario. El mismo medio se utilizará para dar a conocer los montos de los giros y el calendario de pago.

Vía chvnoticias.cl

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