Aguinaldo de Fiestas Patrias: ¿Qué trabajadores lo reciben y cuál es el monto para el sector público?

La entrega de este beneficio que también incluye a las y los pensionados, está regulada por una ley que define una serie de requisitos laborales para su obtención. A continuación, revisa de qué se trata y quiénes están afectos a no cobrar este aporte económico.

Junto con la llegada de septiembre, como ya es de común conocimiento, se siente además el próximo arribo de Fiestas Patrias. Pero esta celebración no viene sola, ya que además está acompañada por el aguinaldo que es entregado principalmente a las y los pensionados, así como a las y los trabajadores del sector público.

Una ayuda a la que también pueden acceder quienes trabajen en el sector privado, pero en este caso su entrega depende directamente del empleador.

Este beneficio económico que llega a aliviar un poco los bolsillos de las y los chilenos en medio de la inflación y alza de precios, no es imponible ni tributable. Esto quiere decir que no está afecto a descuentos, por lo tanto, se otorga de forma manera íntegra ya sea en la pensión de septiembre, en el sueldo o como adelanto.

¿Qué trabajadores del sector público reciben el aguinaldo?

Según especifica la Ley 21.405, los funcionarios del sector público que se desempeñen en cargos de planta o a contrata en las siguientes instituciones, serán quienes reciban este aguinaldo:

¿Cuál es el monto en el sector público?

El monto del aguinaldo depende directamente del salario del trabajador o trabajadora.

Según contempla la ley, “se entenderá como remuneración líquida el total de las de carácter permanente correspondientes a dicho mes, excluidas las bonificaciones, asignaciones y bonos asociados al desempeño individual, colectivo o institucional; con la sola deducción de los impuestos y de las cotizaciones previsionales de carácter obligatorio”.

¿Qué pasa con el sector privado?

Aquellas personas que trabajen en el sector privado pueden recibir el aguinaldo de Fiestas Patrias pero con cargo a los empleadores, quienes no están obligados a entregar esta ayuda. De todas formas, el dinero puede exigirse si es que está incluido dentro del contrato o si existe un convenio colectivo donde el beneficio esté incorporado como cláusula.

Vía chvnoticias.cl

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