Asignación Familiar: Cómo acceder al beneficio que entrega hasta $32.836 mensuales

El aporte estatal se otorga por cada carga familiar acreditada y varía de acuerdo con el sueldo del beneficiario o de la beneficiaria. Los detalles, a continuación.

El Estado dispone de una serie de beneficios en el Sistema de Prestaciones Familiares, en la cual destaca la Asignación Familiar.

Se trata de un aporte que se otorga por cada carga familiar acreditada y que varía de acuerdo con el sueldo del beneficiario o de la beneficiaria.

El pago de esta ayuda económica se realiza mensualmente a quienes fueron seleccionados, sin embargo, primero deben cumplir con una serie de requisitos.

¿Cuáles son los requisitos?

El beneficio está dirigido a trabajadores y trabajadoras que entre el 1 de enero y 30 de junio del presente año hayan percibido un ingreso bruto promedio mensual inferior a $955.444, además de todos los pensionados.

Sin embargo, para acceder a la Asignación Familiar, debes cumplir con al menos uno de los siguientes requisitos:

¿Cuáles son los montos?

Los montos, a partir de agosto de 2022, van desde los $3.184 a los $32.836.

Por ejemplo, si una persona tiene un sueldo de hasta $419.414, recibirá $16.418 pesos como monto de la asignación por una carga simple.

En caso que la persona tenga el mismo sueldo, pero tenga un causante menor de 18 años que sufre algún grado de discapacidad física o mental, acreditada por la COMPIN, recibirá el monto de la asignación Duplo, que equivale al doble, es decir, $32.836.

Para conocer cuál sería el monto que recibirías, consulta la siguiente tabla:

Red de Protección

¿Cuándo se paga?

La forma de pago de los beneficiarios y beneficiarias se desglosa de la siguiente forma:

¿Cómo acceder al beneficio?

Para acceder al beneficio debes seguir los siguientes pasos:

-Cédula de identidad vigente del beneficiario.
-Certificado de alumno regular, en casos de estudiantes que tengan más de 18 y menos de 24 años.
-Dictamen de invalidez de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), si es que posees cargas que tengan invalidez.
-Informe social fundado sobre la condición de abandono en el caso de cargas que hayan sido abandonadas previamente.
-Sentencia judicial con certificación de ejecutoriada dictada por el tribunal de familia o certificado de nacimiento del menor en que conste la subinscripción de dicha sentencia.

¿Quiénes pueden ser cargas?

Los causantes del beneficio, es decir, las cargas que puedes inscribir como tu familia para obtener el beneficio, son las siguientes:

Vía chvnoticias.cl

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