Segundo llamado del Subsidio DS1: ¿Cuál sería el ahorro mínimo requerido?

En las próximas semanas, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) dará a conocer las fechas de postulación al segundo llamado del Subsidio DS1, beneficio cuya misión es ayudar a las familias de clase media a acceder a una casa o departamento, sea nuevo o usado.

Las solicitudes estarán abiertas para todos los grupos familiares que cumplan con las condiciones, entre las cuales se encuentra tener ahorrado un determinado monto mínimo en la respectiva cuenta de ahorro para la vivienda. 

¿Quiénes pueden postular al Subsidio DS1?

El Subsidio DS1 está destinado a familias que no sean propietarias de una vivienda y tengan capacidad de ahorro. Es importante que los postulantes tengan su Clave Única y estén inscritos en el Registro Social de Hogares (RSH).

En cuanto a los requisitos, los aspirantes deben cumplir los siguientes:

  1. Para postular al tramo 1, se exige estar dentro del 60% de vulnerabilidad socioeconómica (adultos mayores pueden pertenecer hasta el 90%).
  2. Para el tramo 2, estar dentro del 80% (adultos mayores pueden pertenecer hasta el 90%).
  3. Para el tramo 3, si la calificación socioeconómica supera el 90%, se deberá cumplir con el límite de renta que se establezca.

¿Cuál sería el ahorro mínimo que debo depositar?

A la espera del pronto anuncio del Minvu, se debe consignar que los tramos del Subsidio DS1 son para comprar una casa o departamento de los siguientes valores máximos:

Los aspirantes deben postular a un solo tramo, el que más se ajuste a su situación socioeconómica. Por ejemplo, muchos podrían inclinarse por el tramo 3, dado que permite la compra de una vivienda con eventuales mayores comodidades (por el precio máximo que tiene).

Sin embargo, el tramo 3 es el que ofrece el monto subsidiario más bajo: hasta 550 UF. En cambio, los tramos 1 y 2 otorgan hasta 750 UF y 700 UF, respectivamente.

Por último, si continúan las mismas condiciones del pasado llamado de postulación, el ahorro mínimo que deben poseer las familias, dependiendo de si es para la compra o construcción de vivienda en sitio propio, corresponde a:

Para la compra de vivienda

Para la construcción en sitio propio

Vía meganoticias.cl

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