Vía lahora.cl

Facilitar los trámites de migración y permitir el retorno de personas extranjeras a sus países de origen es el objetivo central del Plan Humanitario de Regreso Ordenado impulsado por el gobierno, y que va en directo beneficio de aquellos extranjeros que manifiesten voluntariamente su intención de regresar a su país de origen, sean individuos o grupos familiares.
Pueden postular a este beneficio los ciudadanos extranjeros que habiten en Chile, sin importar su situación migratoria, excepto aquellas personas provenientes de países limítrofes, es decir, argentinos, bolivianos y peruanos.
Durante la primera etapa de este plan se dará prioridad a ciudadanos haitianos dada su precaria situación socioeconómica, y que ha sido ampliamente difundida por los medios de comunicación nacionales. Los extranjeros provenientes de otros países quedarán sujetos a evaluación.
Beneficiados y requisitos
La iniciativa está dirigida a ciudadanos extranjeros que:
- No posean núcleo familiar en Chile.
- No tengan causas penales pendientes en Chile.
- No haber sido expulsado (o con expulsión vigente) por alguna acutoridad competente en Chile o encontrarse al momento de la postulación, cumpliendo una pena en el país.
Si bien este plan es de alcance para todas las personas extranjeras actualmente viviendo en Chile, se les dará prioridad de regreso a los grupos familiares completos, con hijos y personas con problemas de salud. Otros extranjeros que postulen al programa quedarán sujetos a evaluación por parte del Departamento de Extranjería y Migraciones (DEM).
Las postulaciones a este programa están abiertas desde el 18 de octubre de 2018 y para solicitarlo el interesado debe:
- Presentar declaración jurada ante notario que certifique la decisión voluntaria de retornar a su país de origen, que no posee familia nuclear en el país y que asume la inhabilidad de reingresar a Chile en un plazo de nueve años. Este trámite es gratuito en las notarías habilitadas para ello.
- Documento de identificación del país, pasaporte al día o autorización consular de salvoconducto que permita el viaje. Si se es menor de edad, debe presentar su certificado de nacimiento. Si el menor está a cargo de un tutor, entonces un documento que certifique su relación con el tutor.
- Permiso de salida firmada ante notario, en el caso de menores de edad según el caso que corresponda. Si el menor no tiene padre o tutor, un juez de familia podrá emitir una autorización para estos fines.
- Si la persona solicita el retorno por problemas de salud, debe presentar documento que certifique su situación: certificado médico, exámenes, entre otros.
El trámite se puede realizar presencial en el Departamento de Extranjería y Migración (DEM) y en oficinas de ChileAtiende. También desde el sitio web del DEM.
El Plan Humanitario de Regreso Ordenado ya registró sus primeros vuelos aéreos el 7 y 26 de noviembre pasado, beneficiando con el regreso a su país a 160 y 167 haitianos respectivamente. El lunes 17 de diciembre fueron transportados 177 isleños de regreso a su patria.