La multitienda deberá pagar una indemnización de casi $1 millón doscientos mil, además de una multa de 5 UTM por infringir la Ley.
Vía T13
Crédito: Agencia Uno.
La Corte Suprema confirmó la condena a la multitienda La Polar al pago de una indemnización de casi $1 millón doscientos mil a una consumidora por no respetar el derecho a la garantía legal tras la compra de una lavadora que presentó fallas.
La afectada adquirió, el 24 de mayo del año 2015, una serie de enseres en la sucursal de Rancagua, entre ellos, una lavadora Fensa, la cual, un mes después, presentó una serie de inconvenientes, por lo que concurrió a la empresa a solicitar el cambio del producto o la devolución del dinero.
No obstante, la empresa no accedió a dicha petición, informándole que enviaría el producto al servicio técnico para una evaluación y conocer el origen de la falla. Al tiempo, el proveedor respondió a la consumidora que el panel del aparato se encontraba desplazado, lo que no permite el uso normal de la lavadora.
Pese al diagnóstico, La Polar no entregó una propuesta de solución a la consumidora, por lo que la afectada interpuso el reclamo ante el Sernac regional, donde la empresa no respondió, consigna el fallo.
Ante este escenario, la consumidora interpuso una denuncia. Tras analizar los antecedentes, el tribunal de primera instancia condenó a La Polar, argumentando que la lavadora era un producto nuevo, por lo que es razonable que no falle, y en caso de hacerlo, lo que se espera es que la empresa resuelva el problema a la brevedad.
Finalmente, el juzgado sentenció a la empresa por infringir la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC), ordenando el pago de una indemnización de $1 millón por las molestias que tuvo que soportar al no poder contar con el producto, y además $199.870 por el daño directo, esto es, el precio que pagó la afectada al momento de adquirir el bien. En total, $1.199.870 de compensación.
Asimismo, le aplicó una multa de 5 UTM (cerca de $235 mil) por haber infringido la normativa. Este fallo fue ratificado por la posteriormente por la Corte Suprema.
El director del Sernac, Ernesto Muñoz, explicó que esta sentencia confirma que los consumidores tienen derecho a la garantía legal cuando los productos comprados nuevos vienen defectuosos o presentan fallas por un uso normal durante los tres primeros tres meses de haberse adquirido el bien.
“El derecho a la garantía legal o el 3X3, implica que los consumidores durante los primeros tres meses desde la compra del producto pueden elegir entre tres alternativas: el cambio, la devolución o la reparación. El consumidor elige, no la empresa”, enfatizó.