¿Qué hacer en caso de accidente en el trabajo, trayecto o enfermedad laboral?

¿Qué debe hacer ante un accidente del trabajo?

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Informar a su Jefe directo, quien coordinará el traslado y/o rescate a la Mutual de Seguridad C.CH.C. La empresa debe emitir la Declaración Individual de Accidentes del Trabajo (DIAT), para que el causante se presente a requerir las prestaciones ante el Organismo Administrador de la Ley 16.744.

¿Qué documentos debe presentar en caso de un accidente del trabajo?

Su cédula de identidad al momento de ingreso al centro de atención de la Mutual de Seguridad C.CH.C. El Departamento de RRHH, enviará la Denuncia Individual de Accidente de Trabajo (DIAT) a la Mutual de Seguridad, dentro de las 24 Horas de ocurrido el accidente.

Si el afectado presenta lesiones GRAVES:

En caso de accidente grave, en que se requiera atención médica inmediata, se deben agotar todos los medios para obtenerla, aunque para ello sea necesario desestimar los servicios asistenciales de la Mutual, todo esto sin perjuicio de informar a la brevedad a Prevención de Riesgos de la medida adoptada, para que la Mutual tome las providencias del caso.

Si el afectado presenta lesiones LEVES:

Dirigirse a instalaciones de Mutual de Seguridad más cercana.

Accidentes Leves:

Son aquellos en que no está en riesgo la vida del trabajador, estos pueden ser causados por:

  • Cortes
  • Torceduras
  • Picaduras
  • Golpes
  • Caídas al mismo nivel del suelo
  • Caída de objetos extraños en los ojos

Qué hacer ante un accidente FATAL:

PASOS A SEGUIR:

  1. Se debe restringir el área, suspender la maquinaria y/o faena involucrada.
  2. Evacuar a los trabajadores.
  3. Informar de inmediato a carabineros al fono 133.
  4. Informar de inmediato a los organismos fiscalizadores SEREMI e INSPECCION DE TRABAJO de forma telefónica o personal: al número 600 360 7777 (SEREMI tanto como la Inspección indican este número para realizar las denuncias de accidentes).
  5. Solo personal autorizado y capacitado podrá ingresar al lugar donde ocurrió el accidente.

No se puede levantar ni mover el cadáver a menos que el Servicio Médico Legal lo indique

¿Qué hacer en caso de accidente de trayecto?

Diríjase a un centro asistencial de Mutual de Seguridad C.CH.C. e informe a su jefe directo para el envió de la DIAT a este organismo. Recuerde que de no ser así, diríjase al centro asistencial o de atención médica más cercano al lugar del accidente para su primera atención de urgencia.

¿Qué documentos debe presentar en caso de un accidente de trayecto en un centro asistencial o en la Mutual?

  • La cédula de identidad, obligatoriamente.
  • Parte de carabineros.
  • Certificado de atención médica del centro de asistencial que le otorgó la primera atención de urgencia.
  • Certificado de horario extendido por la empresa, indicando el horario del día del accidente.
  • Testigos si los hubiere.
  • Cualquier medio de prueba que certifique el hecho.

Todos estos antecedentes, más la declaración del afectado ante la Mutual, constituirán los elementos necesarios para que se compruebe enmarcado en la Ley Nº 16.744, si corresponde o no, a un accidente de trayecto.

¿Qué debe hacer ante una Enfermedad Profesional?

La empresa debe emitir la Denuncia de Enfermedad Profesional (DIEP) en Medicina del Trabajo para que el trabajador perciba las prestaciones. Medicina del Trabajo es el área que evalúa si la patología es de origen laboral. Acerca de las Prestaciones Económicas: Comienza a regir desde el día en que ocurrió el accidente o se comprobó su incapacidad. Para tal efecto la empresa deberá presentar la totalidad de la documentación requerida para su caso específico a las 24 horas de ocurrido el siniestro.

Via mutual de seguridad

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